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Información Legal y Clínica sobre el Procedimiento de Eutanasia De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, este profesional veterinario informa a los propietarios y responsables de los animales que la práctica de la eutanasia está sujeta a una estricta regulación legal y deontológica. La legislación vigente prohíbe expresamente la eutanasia por motivos económicos de sobrepoblación, abandono, vejez o problemas de comportamiento que puedan ser objeto de tratamiento. Conforme al artículo 27 de la citada ley, este procedimiento solo podrá realizarse bajo criterio y control veterinario, con el fin único e indispensable de evitar sufrimiento irreversible del animal, derivado de causas físicas o enfermedades incurables debidamente diagnosticadas. En consecuencia, este personal facultativo se reserva el derecho a desestimar y denegar la solicitud de eutanasia si, tras la correspondiente evaluación clínica, se determina que el paciente no cumple con los requisitos médicos y legales exigidos por la normativa. Como profesionales de la salud animal, tenemos la obligación legal y el deber ético de velar por el bienestar de nuestros pacientes, quedando supeditada cualquier actuación a la estricta justificación clínica del procedimiento.
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